Poderes divididos...

Consumada ya la huelga de Jueces, o, por lo menos la primera parte podemos empezar a sacar conclusiones y la primera (evidente) es que, efectivamente, la huelga se ha llevado a cabo.

Frente a quienes cuestionaban la legalidad y (por lo tanto) posibilidad de la misma, fundamentalmente partidos políticos y asociaciones afines, se encontraban quienes no veían impedimento alguno para llevarla a cabo. Posiciones enfrentadas incluso en el seno de las asociaciones de Jueces, y no carentes de argumentos para sustentarlas.

Quienes la apoyaban, como es natural, defendían la teoría de que, por muy Poder del Estado que se sea (nótese aquí implícita la autocomplaciente afirmación de Poder del Estado), no hay motivo ni norma alguna que impida la convocatoria y realización de huelga a los Jueces. No me extenderé mucho en cuestiones de técnica jurídica, pero si que entiendo que ha de buscarse el epicentro del problema tanto en la interpretación conjunta de los artículos 28 y 127 de la Constitución como en la “mutación constitucional” derivada de la interpretación del Ordenamiento Jurídico a la luz de los cambios sociales, económicos y políticos de nuestra actual sociedad de los que se deriva la aceptación , por parte del Tribunal Constitucional del término “trabajadores” en el sentido más amplio de la palabra, es decir, aquel en el que se incluyen tanto a los tradicionales trabajadores por cuenta ajena como a los funcionarios, todo ello como consecuencia de la aceptación, por nuestro país, de varios convenios internacionales inspirados en las “directrices” de la OIT.

Si volvemos de nuevo al Art. 28.2, que remite a la Ley el ejercicio del derecho a la huelga y la aplicamos al caso particular de los Jueces, nos encontramos con que la Ley Orgánica del Poder Judicial no incluye ni tipifica específicamente como infracción disciplinaria el que los jueces se declaren en huelga por lo que, difícil sustentación tiene una prohibición sin base legal suficiente como es (a mi juicio), el caso.

Así pues, no tuvieron, los favorables a la huelga, que rebuscar mucho en las leyes ni en la doctrina puesto que, no encontrando en las primeras prohibición expresa alguna, la segunda les otorgó el mínimo sustrato legal necesario para apoyar sus teorías basándose en el concepto de libertad no como “en el derecho a hacer todo aquello que las leyes permitan”, tal era la caduca y restrictiva afirmación de Montesquieu o como propugna el Art. 4 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre de 1789 al afirmar que “La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no perjudique a otro”, sino (superando estos dos conceptos) en todo lo contrario, es decir, como “derecho a hacer lo que las leyes no prohíban”, más acorde con la realidad sociopolítica actual, siendo únicamente a través de la ley como pueden establecerse límites al ejercicio de las libertades.

Y como lo uno lleva a lo otro y lo otro es fundamento de lo uno, pues eso, huelga al canto…

Cuestión aparte es la de los fundamentos de la convocatoria en los que aparece, como más llamativa (y menos afortunada) la cuestión de los emolumentos así como la auto-gestión del tiempo reclamada por los Jueces como de inexcusable delegación en los Secretarios Judiciales y digo poco afortunada porque ha puesto “a huevo” de la clase política la réplica torticera e interesada crítica a esta actitud adoptada por los Jueces españoles, ya que se han encargado de hacer aparecer a los Jueces como unos funcionarios (aquí despojados a sabiendas de su carácter de Poder Público) egoístas interesados únicamente en “cobrar más trabajar menos”, pero lo que no se le escapa a nadie ya a estas alturas es que la huelga se produce, más que por cualquier otra cosa, por el deplorable e inexplicable estado de caos y saturación en el que se encuentra la Administración de Justicia española a causa, fundamentalmente del olvido y dejadez al que, históricamente TODA LA CLASE POLÍTICA, sea cual fuere su tendencia ideológica han “condenado” al Poder Judicial, abocándolo irremediablemente a la caótica situación en la que se encuentra.

El llamado “caso Mari Luz” no ha sido más que la constatación de lo que venía siendo un terrible presagio que sólo la técnica del avestruz (esconder la cabeza para obviar el peligro), conseguía mantener en el lado del siempre frágil territorio de los “peligros potenciales”, haciendo aflorar también un corporativismo que, como no, maleado del mismo modo por los políticos, ha terminado siendo interpretado con un sentido muy diferente al que ha hecho reaccionar a los Jueces llevándolos a la huelga.

Y es que no se trata de un “levantamiento” judicial por el mero hecho de que uno de sus miembros se haya visto afectado, sino porque, de seguir así la cosa, serán muchos los casos “Mari Luz” que continuarán ocurriendo porque, diligencias o negligencias judiciales aparte, con estos mimbres, señoras y señores, no podemos esperar mejores cestos, y es sólo cuestión de tiempo la aparición de más casos como el citado con el tremendo drama que ello supone para sus víctimas si no se moderniza la justicia, si no se la dota de más medios materiales y personales, con personal especializado, evitando lo más posible el recurso a las “bolsas” de personal interino y poco (o nada) familiarizado con la praxis jurídica. Ha de imprimirse un carácter dinámico y eficiente a personal y práctica judicial, que pasa inexcusablemente por la interconexión informática de Juzgados y Tribunales, con creaciones de bases de datos actualizadas, fiables y accesibles a todos los profesionales de la Administración de Justicia, con un método de trabajo basado en gran medida en el uso de las tecnologías de la información y el conocimiento tan usadas ya hace tiempo en la empresa privada que eviten que ya no sólo que delincuentes condenados campen a sus anchas por el país sin que nadie pueda hacer nada por evitarlo, sino que se reduzcan los más de 2,5 millones de causas pendientes, incrementos de hasta el 500% de la carga de trabajo en el último año en Juzgados de lo mercantil debido a la actual crisis y un largo etcétera que no podemos permitir que siga existiendo.

Obvio es que todo ello pasa por una gran inversión tiempo y de dinero, lo cual, especialmente el dinero, en tiempos de crisis no suele ser muy bien entendida pero, ¿acaso el tema que nos ocupa no lo vale…?

1 comentarios:

Anónimo dijo...

¿Huelgan las huelgas?
No me atrevería yo a afirmar tal cosa, y mucho menos en este caso.
Y no me atrevo a hacer tal cosa por entender, desde una perspectiva abierta, y hasta cierto punto "cómplice" si se quiere de la aventura de sus señorías, que cuando se habla de HUELGA se generaliza atribuyendo al efecto una misma causa... y eso no es cierto.
Huelgas las ha habido eminentemente "económicas", en defensa de las condiciones mínimas de dignidad en el trabajo, de celo, corporativistas y ultramontanas en defensa de inconfesasbles privilegios, abiertas o encubiertas, sectarias y globales...
Por eso, siempre que se generaliza, se corre el riesgo de mentir... y si alguien piensa que no es así, dígamequé tiene que ver un plante del SEPLA, por poner un ejemplo notorio y reiterado que además "siempre funciona y suele ir por los mismos derroteros", con una (¿huelga?) "postura de trabajo a reglamento" llevada a cabo por unos médicos de familia que reciben "sugerencias" sobre la cuota de pacientes que es admisible que deriven a las especialidades o la cantidad de pruebas diagnósticas que pueden pautar, o el tiempo que ha de llevarles cada paciente...
Nada, absolutamente nada.

Olvidamos con facilidad, y es tirar por la borda años de progreso social y una buena parte de bagaje histórico, que a menudo una huelga ha sido el único medio de hacer que quienes tienen el BOE por la firma, o la sartén por el mango, entren "rogados" por su contundencia a solucionar asuntos tan pendientes como flagrantes.
Siempre incómodo, con frecuencia denostado, a veces injusto... pero el derecho a la huelga se muestra como una especie de "ultima ratio regis" anterior a una ruptura total del mazo de naipes, como un modo pacífico de poner en la calle y de actualidad algo que muchas veces a pesar de ser archiconocido sólo se airea en tertulias de café y que para la mayoría, dada la dimensión del problema, adquiere los tintes de lo endémico, de lo atávico, de lo insoluble.
Una huelga no es una algarada de patio de colegio, y menos si los huelguistas visten toga...
No entraré en la regulación legal del ejercicio de este derecho por parte de sus señorías, aunque nada hay que lo imposibilite; lo que sí haré va a ser cruzar los dedos... y voy a hacerlo esperando que "la movida" sirva de proposición de lege ferenda y alguién, a quién corresponda, se sienta en la obligación de acometer de una vez por todas la reforma de la Justicia.
Este país, este pueblo, esta sociedad no merecen semejante estado de cosas.

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